La transferencia de un certificado vigente entre organismos de certificación se rige por el documento IAF MD 2. No es un trámite comercial: es una evaluación técnica que confirma que el certificado es válido y transferible.
Qué se evalúa
El organismo receptor revisa el certificado vigente, el organismo emisor y su acreditación, el alcance, los informes de las últimas auditorías y las no conformidades abiertas. Si todo es consistente, la transferencia se confirma y se continúa el ciclo sin reiniciarlo.
Si aparecen no conformidades sin cerrar o dudas sobre la acreditación de origen, la transferencia puede requerir pasos adicionales o no aprobarse. La regla protege la validez del certificado, no la conveniencia del cambio.
Para llevarse
- La transferencia se evalúa bajo IAF MD 2, no de forma automática.
- Se revisan acreditación de origen, alcance, informes y no conformidades.
- Una transferencia válida continúa el ciclo sin reiniciarlo.
